Descargue aquí su invitación
y el programa de actividades

Toma nota...

Carta pública de abusos militares, sobre casos ocurridos durante 2008 y 2009 en el contexto de la lucha contra la delincuencia organizada, dirigida al presidente Felipe Calderón. Firman la CMDPDH y cuatro organizaciones más. Consulte aquí el documentos completo

Suprema Corte mexicana rechaza derecho al amparo por fuero militar: Información de seguimiento a la audiencia temática “Justicia Militar y Derechos Humanos en México”

Sometidos a graves actos de tortura, 25 agentes policiales de Tijuana permanecen arraigados en lugar desconocido de la República mexicana 

  • La CCDHN y la CMDPDH solicitan ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos medidas cautelares en favor de los agentes.

  •  

    La Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, A. C. (CCDH) y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) presentaron el día de ayer una solicitud de medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - con sede en Washington- en favor de 25 agentes de la Secretaría de Seguridad Pública de Tijuana, quienes durante 40 días fueron arraigados y torturados en el 28vo Batallón Militar denominado "Aguaje de la Tuna", dependiente de la II Región Militar del estado de Baja California.

    De acuerdo con información obtenida por los familiares de los 25 agentes arraigados, su detención estuvo a cargo del titular de la Secretaría de Seguridad Pública Julián Leyzoala Pérez y del Director General de Policía y Tránsito Municipal Gustavo Huerta Martínez quienes los mandaban a llamar a la Comandancia, para posteriormente trasladarlos en una patrulla al Cuartel Militar denominado “Aguaje de la Tuna”, sin existir orden de detención, ni las razones de la misma.


    Según la versión de los arraigados, en el cuartel militar, fueron llevados con los ojos vendados a un cuarto, donde fueron sometidos a graves actos de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes. Éstos, según sus testimonios, consistían en ser vendados y amarrados de pies y manos durante días y noches enteras, golpes, choques eléctricos en varias partes del cuerpo, ahogamiento con bolsa de plástico y, algunos de ellos, privados de alimentos hasta por 3 días. Lo anterior, con el fin de arrancarles confesiones y hacerlos firmar declaraciones que no les dejaron leer; en algunos casos, obligados a firmar hojas en blanco bajo amenaza. Estos documentos han sido utilizados para inculparlos de delitos que aseguran no haber cometido.


    Los acusados también fueron víctimas de hostigamiento e incomunicación, ya que por varios días fueron privados del derecho de realizar una llamada telefónica mediante la cual dar aviso a sus familiares sobre el lugar donde se encontraban. Una vez que los familiares pudieron hacer contacto con ellos sólo podían visitarlos por cinco minutos una vez a la semana, y durante las visitas siempre fueron vigilados por un soldado que anotaba sus conversaciones. Ante esto, los arraigados tomaron la determinación de comunicar a sus familiares las arbitrariedades a las que eran sometidos a través de cartas.


    En los primeros días de la detención se les nombró un defensor de oficio, quien incurrió en diversas irregularidades, mismas que viciaron su derecho a una defensa adecuada. Al término de dichas diligencias fueron obligados a firmar hojas previamente elaboradas sin darles a conocer el contenido de dichos documentos..


    Los familiares interpusieron un amparo ante el Juzgado de Distrito en materia penal del Estado de Baja California, en contra de la privación ilegal de la libertad de los 25 agentes. Sin embargo, dicho amparo no fue concedido.


    Custodiados por agentes de la PGR y militares, ambos armados, el día 7 de mayo a altas horas de la noche los 25 agentes arraigados, algunos esposados y otros amarrados de pies y manos, fueron obligados a subir a un avión Hércules, mientras sus familiares, impotentes  y amenazados con armas, gritaban y lloraban ya que no sabían a donde los llevarían.


    Los familiares sólo saben por información que obtuvieron en medios de comunicación locales, que presumiblemente fueron trasladados a un centro de readaptación social de la ciudad de Tepic, Nayarit, donde “aparentemente” continuarán en situación de arraigo. Sin embargo, continúan sin saber con exactitud las condiciones en las que se encuentran, el lugar a donde fueron trasladados y la situación jurídica de éstos.

    A pesar de que se interpuso y concedió un amparo en contra de su traslado, las autoridades civiles y militares hicieron caso omiso de la decisión del juez. A todo esto se suma que, a la fecha, los familiares y sus abogados, desconocen el lugar a donde fueron trasladados, agravándose aún más su situación de vulnerabilidad, el temor a que se continúen los actos de tortura y se socaven sus garantías judiciales.


    Ante todo lo anterior, la CCDHN y la CMDPDH concluyen que desde el inicio de la detención, el trato de las autoridades hacia  los inculpados ha estado encaminado a declararlos culpables del delito de delincuencia organizada. Es por ello que, ante la gravedad de los hechos, la continuidad en el menoscabo a la vida e integridad personal de los agentes y ante la inminente situación de torturas constantes a las que han sido sometidos, la CCDH y la CMDPDH han solicitado a la Comisión Interamericana requerir al Estado mexicano adoptar de manera inmediata las medidas necesarias que protejan la vida e integridad física, psicológica y moral de los 25 arraigados, así como de sus familias, y que evite que éstos continúen siendo sometidos a torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes mientras se encuentren bajo la custodia de agentes del estado.


    Además, han solicitado que la CIDH pida al Estado un informe detallado sobre el paradero de cada una de las 25 personas arraigadas, el lugar, centro de detención o readaptación, o cuartel militar, donde se encuentran, así como sus condiciones de salud y situación jurídica.


    Finalmente, en el documento petitorio también se solicita proceder de inmediato a revertir el estado de incomunicación en el que se encuentran, y que se permita la visita de sus familiares y abogados en el lugar donde se encuentren detenidos. Asimismo, que se inicien las investigaciones pertinentes por las torturas cometidas en perjuicio de los agentes arraigados.


    _______

    Para mayor información favor de comunicarse con:

    Raúl Ramirez Baena
    Presidente de la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, A.C.
    Tel: 686 1727956
    Mexicali


    Mayra López
    Abogada
    Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C.
    Tel: 55 55642582
    Distrito Federal

    Contrapartes